Vimos en la televisión la trama SGAE y los miles de millones que se habían “fundido”, quizás por eso nos duele más que nunca pagar esas tasas.
En el post de hoy os intentaremos explicar en que consisten las tasas de la SGAE y quién debe de pagarlas.
La SGAE según sus estatutos legales, reclama una cantidad en concepto de “Rollalties” o explotación musical al local donde se realiza la boda. Es importante decir que dichos locales tienen la obligación de pagarlo a su nombre y denominación fiscal.
El mejor consejo que podemos transmitir, es que observéis si en el contrato firmado con el local existe alguna clausula al respecto. Si aún no habéis firmado, exigirla para vuestra tranquilidad.
En el caso de que ya hayáis firmado y esa clausula no exista solo os queda hablar con el local y saber si os la cobra u os la incluye en el Menú de Boda. Normalmente, y desgraciadamente, suele ser la primera variante.
Las tasas: 
Por 75 invitados: 126,29 €
Por invitado extra: 0,5055 €
+ el 21% de IVA
Esperamos que este post os sirva para comprender mejor el funcionamiento de las tasas de la SGAE.